Una de las imágenes que más impresionan de algunas ciudades con gran nivel de contaminación es la de los viandantes que aparecen por la calle con mascarillas puestas. Y es que, además de dañar el medio ambiente y deteriorar el planeta, la contaminación puede generar daños físicos en las personas. De hecho, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha advertido que la contaminación del aire causa 1 de cada 9 muertes al año a nivel mundial, además de ser un determinante de enfermedades cardiovasculares como los derrames cerebrales. Por ello, las administraciones están reaccionando para parar la contaminación del medioambiente. Una de las medidas que tomó el Gobierno para prevenir la contaminación en España en el año 2007 fue la Ley de Responsabilidad Medioambiental, para cumplir con la directiva del Parlamento Europeo y del Consejo del 21 de abril de 2004. Con esta medida se pretende que las empresas se hagan cargo de su responsabilidad medioambiental y se comprometan a reparar los daños medioambientales que puedan llegar a causar por el desarrollo de sus actividades.

La norma es conocida en el sector asegurador por «quien contamina paga« y es que, además de prevenir los posibles daños medioambientales, se pretende que los desastres sean asumidos económicamente por las corporaciones responsables. De esta forma, se imponen sanciones a aquellos que contaminen o amenacen al medioambiente al no tomar precauciones.

El último informe sobre Responsabilidad Medioambiental, correspondiente a 2017, refleja un incremento de los siniestros medioambientales, especialmente los relacionados con incendios que afectan a instalaciones y entornos naturales, que pasaron de 7% al 15% de todos los siniestros de pérdidas documentados en un año. También destaca los relacionadas con la gestión de residuos de construcción y demolición, que pasaron del 5% de 2016 al 12% del año siguiente. Por sectores de actividad, el que aglutina Transporte, Comunicaciones, Electricidad, Gas y Sanidad ocupa el primer lugar con el 47% de los incidentes, seguido de Fabricación (26%) y Construcción (9%).

 

  • Responsabilidad medioambiental por ley

La Ley de Responsabilidad Medioambiental (promulgada en 2007 y reactivada hace dos años mediante una Orden que establece la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria ) regula la responsabilidad de los operadores a la hora de prevenir, evitar y reparar los daños medioambientales, implantando en el ordenamiento jurídico régimen administrativo de responsabilidad ambiental de carácter objetivo e ilimitado. Establece, en este punto, la obligatoriedad para las empresas con mayor riesgo de causar daños ambientales de constituir una garantía financiera obligatoria que garantice la reparación de los daños, fijando al mismo tiempo un régimen de infracciones y sanciones para las mismas. Siempre con la finalidad de hacer efectivo el principio de restauración del daño causado (quien contamina, paga), la norma prevé sanciones desde los 10.001 hasta los 2 millones de euros.

Asimismo, para que las empresas puedan determinar la cantidad mínima a garantizar, fijada en función de la intensidad y extensión del daño que se pudiera causar y las tablas de baremos, previo análisis de riesgos medioambientales y deberes de cumplimiento, la ley prevé tres modalidades de aseguramiento a las que pueden optar: póliza de seguro, aval bancario o reserva técnica (fondo ad hoc). Los citados instrumentos (seguro, aval o fondo) pueden “utilizarse alternativa o complementariamente entre sí, tanto en su cuantía, como en los hechos garantizados”, según la ley.

 “La gran ventaja de materializar la garantía financiera obligatoria a través del seguro de responsabilidad medioambiental es que libera y no compromete la capacidad financiera de la empresa y, además, le aporta la cobertura de gastos de defensa y fianzas que de otra manera no tendría”.

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